viernes, 23 de noviembre de 2012

Reflexión (1) Sobre la rehabilitación y reinserción


Permítaseme un alto en la publicación del Diario del proceso que sufro desde marzo de dos mil uno. No puedo menos que hacer una referencia a la noticia que, ayer, veintidós de noviembre de dos mil doce, un buen amigo me hace llegar: El Papa saluda a los directores de administraciones penitenciarias.
¡Sí! El papa Benedicto XVI defendió la dignidad y los derechos humanos de los presos y dijo que su rehabilitación no puede ser considerada como un aspecto "accesorio y secundario del sistema penal". Afirmó que aunque el respeto de la dignidad y los derechos humanos de los presos es "indispensable", todavía en muchos países del mundo no se respetan. Señaló que el respeto de esos derechos no es suficiente y que las administraciones tienen que comprometerse en aplicar una "efectiva rehabilitación de la persona, necesaria tanto en función de su dignidad, como para su reintegración social". "La necesidad del detenido de vivir en la cárcel un tiempo de rehabilitación y de madurez es una exigencia de la misma sociedad, tanto para recuperar a una persona para que pueda válidamente contribuir al bien de todos, como para debilitar la tendencia a delinquir y la peligrosidad social", señaló el papa. Abogó por ambientes carcelarios "más dignos" y subrayó que para que la justicia humana "pueda mirar a la justicia divina" es necesario que la función rehabilitadora "no sea considerada un aspecto accesorio y secundario del sistema penal". "Para hacer justicia no basta con que el culpable sea castigado, hay que hacer todo lo necesario para corregir y mejorar al hombre. Cuando no sucede, la justicia no se aplica en sentido integral", destacó el papa. Señaló asimismo que el profundo respeto de la persona, la rehabilitación del preso y la creación de una "comunidad educativa" en las cárceles es más urgente que nunca, teniendo en cuenta la "creciente presencia" de detenidos extranjeros, "muchas veces en situaciones difíciles y de fragilidad".
A lo largo de sus siete años de Pontificado, Benedicto XVI ha expresado en numerosas ocasiones su preocupación por los presos, ha visitado dos cárceles de Roma y pidió a los fieles que las plegarias del pasado mes de agosto las dedicaran a los presos, "para que sean tratados con justicia y se respeten sus derechos humanos".
Cuando visitó la cárcel romana de Rebibbia, el 18 de diciembre del pasado año, el papa les dijo a los internos que Dios les ama "con un amor infinito, ya que siempre sois hijos de Dios".
¿Me permitís ser sincero? No sé por dónde empezar. Función rehabilitadora. Debe ser efectiva en función de la dignidad de la persona y para su reintegración social. ¡Qué bonito! Y a los internos Dios los ama con amor infinito porque son hijos de Dios. Pues ¡menos mal! Permítaseme preguntar: ¿Y qué sucede con los sacerdotes acusados de abusos sexuales? ¿Qué sucede con quienes son condenados por un tribunal civil? Ya no pienso en un sacerdote inocente, incluso uno culpable. ¿Qué les dice el Papa? ¿No son internos? ¿No merecen el amor de Dios? ¿Dejan de ser hijos de Dios y miembros de la iglesia?
El veintidós de mayo de dos mil seis quedará grabado en mi memoria y en mi corazón, me atrevo a decir que hasta en mi alma, de manera indeleble. No haré referencia a los pensamientos, sentimientos y dolor que hay en mí.  Me limitaré a constatar los hechos. Mi obispo, en el primer permiso que disfruto después de tres años y dos meses recluido en prisión, me hace entrega de un documento. Procede de la Santa Sede y, en concreto, de la Congregatio pro Doctrina Fidei. Se trata de la decisión, de fecha tres de abril de dos mil seis, por la que decretan mi dimisión ex officio et pro bono Ecclesia del estado clerical. 
No importa que el quince de septiembre de dos mil cinco el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya admitido a trámite mi demanda contra el Estado español.
No importa que en España la Ley permita condenar al acusado en base al testimonio incriminatorio del denunciante y que no se hayan dado los requisitos mínimos exigidos por la jurisprudencia y la ley. El Tribunal Constitucional dice así ante el reproche a las Sentencias impugnadas porque adolecen de la necesaria motivación en orden a la valoración de la prueba practicada. Derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE): ‘..constituye reiterada doctrina de este Tribunal la afirmación de la ‘radical falta de competencia de esta jurisdicción de amparo para la valoración de la actividad probatoria practicada en el proceso penal y para la evaluación de dicha valoración conforme a criterios de calidad o de oportunidad’, y que ‘nuestra misión se constriñe a la de supervisar externamente la razonabilidad del discurso que une la actividad probatoria y el relato fáctico resultante’ (por todas, SSTC 220/1998, de 16 de noviembre, FJ 3; y 135/2003, de 30 de julio, FJ 2), razonamiento que en este caso no incurre en vulneración constitucional’.
No importa que el mismo D. Javier Gómez de Liaño, uno de los letrados que me han defendido, al aceptar mi caso y una vez estudiado el Sumario, llegara a revelar: ‘si le hacen justicia tienen que absolverlo’
No importa que en su día, al inicio del proceso, se me hicieran insinuaciones respecto a cambiar mi declaración en orden a mitigar la pena o que se me ofrecieran posibilidades para huir a otro país y eludir la acción de la justicia y, rechazándolas, no haya pretendido otra cosa que la verdad.
No importa que, a estas alturas, siga proclamando mi inocencia y  luchando para que ésta se declare, con el gasto económico que supone y las dificultades que me está acarreando en el mismo Centro Penitenciario de cara a la obtención de los beneficios penitenciarios que me corresponden.
No importa que mi Obispo haya informado positivamente sobre mi causa y hecho saber los apoyos que constantemente he recibido. En ese tiempo son más de tres mil las cartas que he recibido en prisión. Ni una sola contiene una palabra de duda o reproche. En todas se me anima a vivir con esperanza y desde la fe mi situación y en todas hay un hermano o hermana rezando por mi libertad.
 No importa que no hayan solicitado la documentación sobre mi caso y no hayan evaluado los Recursos que mi defensa ha presentado ante los Tribunales españoles y la Demanda ante el Tribunal Europeo: Recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo, Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y Demanda contra el Estado español.
No importa que no se me haya abierto un proceso canónico. No es ya que no se hayan dado las garantías procesales requeridas, sino que ni siquiera se molestan en abrirlo. ¿Se han preocupado de leer la misma Sentencia de condena? No me consta.
No importa que desde el veinte de marzo de dos mil tres cumpla condena y haya podido celebrar la Santa Misa, primero en privado y, posteriormente con la participación de otros internos o funcionarios, sin que ninguno me haya reprochado jamás que ejerciera el ministerio, acudiendo a mí para solicitarme consejo espiritual y confesión.
No importa que la fe me haya ayudado a ir superando los obstáculos y que la celebración de la Santa Misa fuera para mí aliciente y compensación al posibilitarme el encuentro con Cristo Cautivo y Prisionero en la Eucaristía, quien me ayudaba a llevar con esperanza mi situación. 
No importa que en dos mil cinco, en Francia, un juez tuviera que pedir públicamente perdón por su error al haber condenado a inocentes, entre ellos, a un sacerdote al menos.
No importa que la Sentencia civil te inhabilite durante el tiempo de condena pero te permita, una vez cumplida, desarrollar tu actividad.
El implacable brazo de la Ley eclesial, manejando su espada y no la cruz, con su misericordiosa consigna de “tolerancia cero”, me ha puesto de patitas en la calle. Ya no me asignarán los poco más de doscientos euros mensuales que me venían ingresando. He de solicitar a la Conferencia Episcopal que, al menos, sigan cotizando por mí a la Seguridad Social. ¡Qué caridad! ¡Qué afán rehabilitador y resocializador! ¡Qué justicia tan digna del ser humano!
¿Puede pedir el Papa a los directores de las Administraciones Penitenciarias que vivan lo que la misma iglesia no practica? Santo Padre, me da igual si en el belén tiene que haber o no un buey y una mula. No me da igual que nos diga que “para hacer justicia no basta con que el culpable sea castigado”, y que “hay que hacer todo lo necesario para corregir y mejorar al hombre” porque “cuando no sucede, la justicia no se aplica en sentido integral".
Exíjaselo, Santo Padre, a la Congregatio pro Doctrina Fidei. Después, cuando sean éstos los primeros en respetar los derechos humanos de los sacerdotes, pídaselo a los demás.

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